Tipos de VPP (ó VPO) en País Vasco
La Vivienda de Protección Pública (antes denominada Vivienda de Protección Oficial – VPO) es aquella que se destina a domicilio habitual y permanente del adjudicatario de la mismas y debe ser ocupada en los seis meses siguientes a su adjudicación o transmisión. Dentro del concepto de vivienda están comprendidos los garajes, trasteros, locales y demás elementos asimilables que se incluyan en la calificación definitiva de VPP.
Este tipo de viviendas pueden ser, a su vez, de varios tipos
- Vivienda Protegida de Régimen General:
En esta categoría se incluyen la mayoría de viviendas de protección oficial de compra. Se dirigen a un público con ingresos medio/bajos. Pueden acceder a ellas los compradores con ingresos equivalentes o inferiores a 5,5 veces el indicador IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: es un índice empleado en España como referencia para calcular el nivel de renta y para la concesión de ayudas, subvenciones, etc.)
*este es el caso del proyecto Naturan Bizi, todas las viviendas son VPP de régimen general.
- Vivienda Protegida de Régimen Tasado:
Se trata de viviendas de protección oficial con determinadas características de financiación y que no pueden exceder una superficie útil concreta y con un precio máximo de venta; todo ello fijado y limitado por la legislación.
- Vivienda Protegida de Régimen Especial:
Son aquellas viviendas fomentadas y gestionadas por la administración para acoger diferentes situaciones sociales, uno de los requisitos de acceso sería no superar 2,5 veces el indicador IPREM. Este tipo de viviendas se destina a alquiler social, vivienda temporal y otras situaciones.